Descargar el modelo 303

Descarga el modelo 303 oficial de la Administración Tributaría aquí. Necesitarás este modelo para realizar la liquidación trimestral de IVA.

 

Qué es el modelo 303

El modelo 303 la autoliquidación que trabajadores autónomos y empresarios tienen que efectuar trimestralmente en la que indican las operaciones de IVA soportadas y repercutidas. Esto que quiere decir, que es un resumen de los gastos de actividad por lo que se ha soportado IVA, y los servicios o productos vendidos, que han generado un IVA.

El esquema es sencillo, si al IVA que se ha cobrado con la actividad, se le resta el IVA gastado en productos y servicios necesarios para la actividad empresarial. Si el resultado es positivo, quiere decir que hemos repercutido más IVA del soportado, por lo que tendremos que ingresar ese IVA a la Agencia Tributaria.

Mientras que, por el contrario, si hemos soportado más IVA del que hemos recibido por nuestra actividad, será la AEAT la que tendrá que devolvernos esa diferencia. En este caso, tenemos dos opciones, podemos solicitar la devolución del IVA a Hacienda, o podemos pedir compensar dicho IVA con otros trimestres en los que el resultado sea positivo.

Todo este proceso, se hace a través del modelo 303, que normalmente, en la actualidad suele presentarse a través de certificado electrónico, por uno mismo, o a través de una gestoría o asesoría profesional. No obstante, los autónomos persona física, tienen la opción de realizar la descarga del modelo 303 en pdf, cumplimentarlo y presentarlo en cualquier sede de la AEAT.

Cómo rellenar el modelo 303

Datos identificativos en el modelo 303

Cómo todos los modelos oficiales, el modelo 303 tiene un primer apartado identificativo, en el que tendremos que indicar nuestros datos como es el NIF, Apellidos o Razón social y nombre. En este apartado también deberemos indicar el ejercicio de la declaración, esto es, el año de la misma. También tendremos que indicar el periodo, que se refiere a si estamos haciendo la declaración en el primer(1T), segundo(2T), tercer (3T) o cuarto trimestre (4T).

En este mismo primer apartado tendremos que responder una serie de preguntas que están relacionadas con la actividad económica por la que hay que declarar. Para responderlas tendremos que tener a mano la declaración de alta para saber que tipo de actividad económica realizamos y si estamos en el régimen general o simplificado de IVA.

En la mayoría de actividades, por estadística, nos encontraremos en el régimen general de IVA, salvo, cuando se trate de actividades que se acojan al régimen de estimación objetiva en el IRPF o módulos. En este último caso, la tributación de IVA se hará por el régimen simplificado, y así habrá de indicarse en la declaración.

En lo que se refiere a la devolución mensual de IVA, se refiere a un régimen al que normalmente se acogen las empresas exportadoras, para poder solicitar la devolución mensual del IVA soportado. Pero este régimen requiere de la presentación de libros de registro y las liquidaciones de manera mensual, y es obligatorio realizarlo de forma telemática.

Otra de las preguntas es si la empresa está exonerada de la presentación del modelo 390 (que es el resumen anual de los cuatro modelos 303). Esta exoneración viene determinada para grandes empresas con facturación superior a los seis millones de euros, puesto que sus obligaciones informacionales son mucho mas rigurosas, al estar sujetas al suministro inmediato de información.

Liquidación en el modelo 303

Como ya hemos indicado al principio de este post, la función primordial del modelo 303 es hacer un resumen de las operaciones de IVA soportadas, y en función de ello, pagar a la AEAT o percibir la devolución correspondiente.

En este apartado distinguimos dos partes:

IVA DEVENGADO Modelo 303

En este apartado tendremos que consignar el IVA que hayamos facturado en nuestra actividad. Es decir, lo que hayamos cobrado por la venta de nuestros productos o la prestación de nuestros servicios.

En la base imponible, consignaremos la suma de todas las cantidades utilizadas para calcular el IVA de cada operación. Veámoslo con un ejemplo:

Si realizó una actividad de reparación de PC, por una precio de 100€. Esa será la base de la facturación, siendo el IVA de 21€. La suma de todas las bases del trimestre es lo que habrá que consignar. Imaginemos que en el trimestre hemos hecho 30 de estas reparaciones, con lo que tendremos 3000 de base imponible.

En este ejemplo habrá que consignar 3000 en base imponible. 21 en % del tipo y el resultado 630 en la cuota de IVA.

El ejemplo es muy básico y se refiere al régimen general, pero tenemos que tener en cuenta que en la actividad también podemos tener actividades intracomunitarias, como puede ser compras a otros países de la UE, o actividades con inversiones del sujeto pasivo, que habrá que consignar también en este apartado.

IVA DEDUCIBLE Modelo 303

iva deducible modelo 303

En este apartado lo que deberemos consignar son los gastos que hayamos soportados con razón de la realización de la actividad económica. La dinámica es la misma habrá de consignarse la base imponible de todas las operaciones que den derecho a deducción del trimestre y su correspondiente cuota.

Volviendo al ejemplo anterior, si para la reparación de ordenadores tenemos un local abierto al público, en el que la base imponible de alquiler son 500 € al mes, y tenemos un gasto en hardware de 100 € al mes, tendríamos que consignar lo siguiente; en base imponible (1800€) siendo la cuota de IVA (378), por que estas actividades son al tipo del 21%.

En nuestro sencillísimo ejemplo ya lo tendríamos todo, el total de la cuota devengada serían 630€, mientras que el total de la cuota deducible sería de 378€, con lo que, el resultado del régimen general de nuestro modelo 303, sería el que sigue.

IVA devengado – IVA deducible = Resultado Régimen General : 630 – 378 = 252 €

Resultado Modelo 303

Aquí tenemos la parte en la que realizamos el cálculo final del modelo 303. En la casilla 64, la subrayada en rojo, habrá que consignar el resultado antes dicho, en nuestro caso, los 252€.

Seguidamente, en la casilla número 65 del modelo 303, en azul claro, debemos consignar 100%, si estamos en territorio no foral, esto es, si no nos encontramos en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En verde tenemos una casilla super importante, la número 67, en la que no debemos olvidar consignar, si tenemos IVA pendiente de compensar en ejercicios anteriores.

Volviendo a nuestra tienda de reparación de ordenadores, si en el trimestre anterior, hizo la mayor compra de stock y de herramientas, tendrá un IVA a compensar si no solicitó la devolución, en nuestro caso de 200€, que se consigna en la casilla 67

Este importe se restará al resultado positivo que teníamos, con lo que en la casilla de resultado, las dos de azul oscuro, deberemos consignar el resultado de restar al resultado del trimestre 252, los 200 que teníamos por compensar. Siendo el resultado final de 52€.

Liquidación final antes de descargar el modelo 303

descargar el modelo 303

Finalmente antes de descargar modelo 303, tendremos que consignar el resultado de la operación, que puede arrojar tres resultados.

Positivo, como es el caso del ejemplo, en el que tendremos que efectuar un ingreso a la AEAT. En este supuesto tendremos que rellenar la casilla 7 del modelo 303 y consignar el importe a ingresar, 52€, en nuestro ejemplo, dando un número de cuenta para efectuar el mismo.

Negativo, en cuyo caso, deberemos igualmente consignar la cantidad negativa e indicar si solicitamos la devolución o preferimos el importe a compensar.

Resultado 0, en el que habrá que clicar la casilla 5 que indica que la presentación es a 0, sin actividad.

Presentación en línea modelo 303

Clica en el botón para la presentación en línea del modelo 303

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